miércoles, 14 de mayo de 2014

Un español vence a Google con la sentencia de la UE sobre ‘derecho al olvido’

“Sea cual sea el resultado, al menos yo he puesto mi granito de arena para que se regule el derecho de los ciudadanos a poder pedir ante un organismo que se eliminen contenidos de Internet que les afecten”, declaró ayer Mario Costeja a la Cadena SER. Hoy, este perito caligráfico de 59 años, se ha convertido, casi sin proponérselo, en impulsor del “derecho al olvido” en Internet después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le haya dado la razón al exigir que se quitara en Google un enlace a una información que le perjudicaba. David ha ganado al Goliat.
La resolución judicial establece que Google es un motor de búsquedas pero que además trata la información, y exige que en ciertas situaciones se retiren los enlaces a informaciones publicadas en el pasado si dañan al ciudadano y ya no son pertinentes, pero con la consideración de que cada caso será estudiado por separado.
El fallo ha sorprendido dado que el pasado 25 de junio el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Niilo Jääskinen había considerado que Google no era responsable de los datos personales incluidos en páginas web a las que remite su servicio de búsqueda.
Conocida la resolución, Joaquín Muñoz, abogado de Mario Costeja, del bufete Abanlex, ha explicado a Efe que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea opina que Google sí trata los datos que indexa y exige que en determinados casos se tienen que atender las solicitudes de los usuarios para no enlazar información que les perjudique cuando las búsquedas incluyen sus nombres y apellidos.
Ha explicado que incluso en el caso de que la fuente en la que se publicó el contenido no la retire, y hasta en aquellas situaciones en las que la información es lícita, no se podrá indexar si se ve perjudicado el ciudadano, que tiene derecho a decidir quién trata o no sus datos.
El abogado ha recordado que hasta el momento no había jurisprudencia sobre un caso abierto ya hace seis años y que resulta muy novedoso; tan sólo se contaba con el informe favorable a Google del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE y que curiosamente no coincide con la resolución actual, lo cual es muy infrecuente.
La Agencia Española de Protección de Datos también ha celebrado la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de dictaminar que los servicios de motor de búsqueda en Internet son responsables de los datos personales incluidos en las páginas web que tratan, puesto que entiende que servirá para “marcar un punto de inflexión” en la postura de Google.

Google: “Es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda”

Google, por su parte, también se ha pronunciado tras conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general. Estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión”, ha declarado Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa.
La resolución responde a cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia Nacional en España que tenía dudas sobre cómo interpretar la normativa europea sobre protección de datos y decidió consultar al Tribunal de Justicia de la UE con motivo de un litigio entre Google y la Agencia de Protección de Datos española.
La Audiencia Nacional es la que tiene que resolver ahora el recurso tomando en consideración las recomendaciones vinculantes del tribunal europeo. A la espera de resolverse están otros doscientos casos similares que probablemente se solucionen ahora en cadena.
El afectado, Mario Costeja, denunció que en 1998 un periódico español de gran tirada, ‘La Vanguardia’, publicó en su edición impresa dos anuncios relativos a una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas a la Seguridad Social, que luego se digitalizaron.
En noviembre de 2009, esta persona contactó con la editorial del periódico y explicó que al introducir su nombre y apellidos en Google aparecía un enlace a las páginas del periódico que incluían los anuncios, y pidió que se retiraran, dado que el embargo estaba solucionado y carecía de relevancia en aquel momento.

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